Centro de Información Territorial. Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenacion del Territorio. Junta de Castilla y León
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Cartografía orientativa de los terrenos sobre los que no serían autorizables los proyectos de instalaciones de energías renovables y sus infraestructuras auxiliares conforme al artículo 13 del "Decreto-Ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica" (BOCYL 24.06.2022). Se han tenido en cuenta todos los criterios del artículo 13 del DL 2/2022, salvo “otras instalaciones de servicio público ubicadas en suelo rústico”, cuya afección deberá ser analizada particularmente en cada caso. Para la delimitación de la zona de exclusión de plantas fotovoltaicas, se han tenido en cuenta los siguientes criterios: - Red de Áreas Naturales Protegidas, salvo en los montes catalogados de utilidad pública que sustenten aprovechamientos agrícolas autorizados - Áreas críticas de especies protegidas con plan de conservación o recuperación - Montes arbolados - Distancia a menos de 500 metros de un bien de interés cultural - Distancia a menos de 500 metros de núcleos urbanos - Distancia a menos de 500 de centros educativos, centros sanitarios y sociosanitarios ubicados en suelo rústico - Zonas de regadíos Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:
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Localización geográfica de las entidades de población de Castilla y León a partir de geometrías de tipo puntual. Se distinguen dos tipos de entidades: - “Núcleo de población INE”: Son los núcleos de población incluidos en el Padrón del INE. Con carácter general son conjuntos de al menos diez edificaciones, que están formando calles, plazas y otras vías urbanas. Más info. en: https://www.ine.es/nomen2/Metodologia.do - “Asentamiento JCYL”: Son asentamientos de población que no están considerados como núcleo de población por el INE. Los datos de estos asentamientos están recogidos únicamente a efectos cartográficos y toponímicos, sin ninguna consideración jurídica ni administrativa. En general, serán asentamientos que el INE considera incluidos en la categoría de diseminados sin identificar. Esta capa de geometría puntual se encuentra armonizada con la capa de geometría superficial de “Entidades de población CyL: contornos”.
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Cartografía orientativa de los terrenos sobre los que no serían autorizables los proyectos de instalaciones de energías renovables y sus infraestructuras auxiliares conforme al artículo 13 del "Decreto-Ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica" (BOCYL 24.06.2022). Se han tenido en cuenta todos los criterios del artículo 13 del DL 2/2022, salvo “otras instalaciones de servicio público ubicadas en suelo rústico”, cuya afección deberá ser analizada particularmente en cada caso. Para la delimitación de la zona de exclusión de parques eólicos, se han tenido en cuenta los siguientes criterios: - Red de Áreas Naturales Protegidas, salvo en los montes protectores y en los catalogados de utilidad pública - Áreas críticas de especies protegidas con plan de conservación o recuperación - Distancia a menos de 500 metros de un bien de interés cultural - Distancia a menos de 1.000 metros de núcleos urbanos - Distancia a menos de 1.000 de centros educativos, centros sanitarios y sociosanitarios ubicados en suelo rústico - Zonas de regadíos Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces: